La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha estimado el recurso de apelación presentado por AGEDI contra el Auto del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo nº 10 de Madrid que denegó en marzo de 2014 la suspensión del servicio de direccionamiento IP prestado por la empresa Cogent Communications España a PC Irudia SL, responsable de la web Goear, otorgándole un plazo de 72 horas para ejecutar dicha suspensión. El Auto confirma así la medida adoptada por la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual contra la página ahora bloqueada, tras una solicitud de inicio de procedimiento por parte de AGEDI, Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales, que defiende los intereses de los productores de música españoles.
Este es el comunicado de Promusicae al respecto:
Goear llevaba funcionando varios años. Esta página web ofrecía escucha de audio en ‘streaming’ de casi cuatro millones de archivos musicales subidos por los usuarios, de forma ilegal y sin ningún tipo de autorización por parte de los titulares de las canciones (autores, intérpretes y productores). De esta manera, el usuario de la página disponía de un enorme catálogo de canciones e incluso podía crear listas de reproducción o realizar búsquedas por géneros musicales. La web comercializaba enlaces publicitarios y animaba a sus potenciales patrocinadores a contratar publicidad con el siguiente reclamo: “más de tres millones de usuarios registrados y millones de impresiones de calidad, a un clic”.
Ante estos hechos, y después de comprobar la gravedad del caso, AGEDI denunció a Goear ante la Comisión de Propiedad Intelectual. En el inicio del proceso, este organismo ministerial certificó la disponibilidad de abundantes referencias discográficas que los internautas podían escuchar sin ningún tipo de permiso por parte de los titulares de los derechos. En una primera instancia, PC Irudia, SL suprimió las rutas de acceso originales, pero las canciones seguían disponibles en otras direcciones y localizables con sólo introducirlas en el motor de búsqueda. Ante esta maniobra, AGEDI presentó una segunda denuncia contra Goear, que es la que ahora se ha resuelto favorablemente.
Promusicae aplaude la decisión judicial. El Auto concede la autorización para proceder al bloqueo y hacer cumplir así la petición de la Comisión de Propiedad Intelectual. “Esta nueva resolución se suma a la reciente decretada en nuestro país contra The Pirate Bay y confirma el bloqueo como única medida efectiva para acabar con las páginas web que vulneran los derechos de propiedad intelectual” declaró Antonio Guisasola, presidente de Promusicae y AGEDI. Y continuó, “El Auto dictado ahora pone fin a un largo proceso para combatir uno de tantos fraudes en el entorno digital. Con este bloqueo Goear ya no estará disponible y sus responsables no podrán valerse más del trabajo ajeno para obtener abundantes beneficios. Siempre insisto en la absoluta necesidad de actuar con contundencia para frenar este tipo de páginas que son una verdadera competencia desleal para otras que si ofrecen canciones con todas las garantías para el consumidor y para los productores de música. Es especialmente reconfortante comprobar que empezamos a estar al nivel de los países que nos rodean en términos judiciales”.